Nuevas restricciones y cierre de la hostelería en Ourense y San Cibrao das Viñas.

El DOG publica nuevas restricciones para Ourense y San Cibrao das Viñas y cierra el sector de la hostelería durante un mes.

El DOG publica las nuevas medidas de restricción impuestas para determinados territorios de Galicia.

A continuación detallamos las restricciones que AFECTAN A LA PROVINCIA DE OURENSE Y SUS MUNICIPIOS.

🚫 LIMITACIONES DE ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAS EN DETERMINADOS TERRITORIOS desde las 00.00 horas del 7 de noviembre de 2020 hasta las 15.00 horas del 4 de diciembre de 2020:

  • Ámbito territorial delimitado de forma conjunta por los ayuntamientos de Ourense, Amoeiro, Barbadás, Coles, O Pereiro de Aguiar, San Cibrao das Viñas y Toén.
  • Con efectos desde las 00.00 horas del 5 de noviembre de 2020, quedará restringida la entrada y salida de personas en el ámbito territorial del ayuntamiento de O Carballiño y del ámbito territorial del ayuntamiento de Verín.

📌 Excepciones:

  • Motivos sanitarios, laborales y de educación.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Cuidado de dependientes (mayores, menores, discapacitados…).
  • Entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio de territorios limítrofes.
  • Actuaciones en organismos públicos.
  • Renovaciones de permisos o documentación oficial.
  • Exámenes o pruebas inaplazables.
  • Fuerza mayor.

🚫 LIMITACIÓN DE GRUPOS DE PERSONAS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS en los ayuntamientos anteriormente mencionados. A partir de las 00.00 horas del 7 de noviembre de 2020 y hasta las 15.00 horas del 4 de diciembre de 2020 quedará limitada solo a convivientes para los territorios enumerados anteriormente. Para el resto de ayuntamientos máximo 6 personas excepto convivientes.

📌 Esta restricción no será de aplicación en caso de cuidado de dependientes, actividades laborales, administrativas…

🚫 LIMITACIONES DE AFORO EN ESPACIOS PÚBLICOS en los ayuntamientos anteriormente mencionados.

  • ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y CENTROS PRIVADOS DE ENSEÑANZA. 50% del aforo.
  • DEPORTE. Individual, sin contacto físico. Grupal solo convivientes.
  • INSTALACIONES DEPORTIVAS. 50% del aforo. Individual y sin contacto físico.
  • CENTROS CÍVICOS Y SOCIALES. 50% del aforo. Máximo 6 personas.
  • CONGRESOS, REUNIONES DE NEGOCIO, ENCUENTROS, CONFERENCIAS. 50% del aforo. Máximo 30 personas lugares cerrados y 75 al aire libre.
  • COMERCIO. 50% del aforo. Máximo 30 personas lugares cerrados y 75 al aire libre.

🚫 SE SUSPENDEN TEMPORALMENTE LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES ECONÓMICAS en los ayuntamientos anteriormente mencionados, a partir de las 00.00 horas del día 7 de noviembre de 2020 y hasta las 15.00 horas del día 4 de diciembre de 2020:

  • ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.
  • ACTIVIDADES RECREATIVAS.
  • ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO.
  • ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN:
    • RESTAURANTES.
    • SALONES DE BANQUETES.
    • CAFETERÍAS.
    • BARES.

📌 Podrán prestar servicios exclusivos de entrega a domicilio o recogida en el local para consumo en domicilio.

📌 Los establecimientos de restauración en centros sanitarios o de trabajo que limiten la actividad a sus trabajadores o, en el caso de centros sanitarios, a los acompañantes de enfermos, se podrá mantener el servicio de cafetería, bar y restaurante con el 50% del aforo y uso único de mesa con un máximo de 6 personas por mesa siempre que sean convivientes.